DERECHO DE LA UNIÓN EUROPEA
Caso
Práctico
Formalidades
de la estructura de la Comunidad Europea
ASUNTO
PROPUESTO:
Endurecer la legislación sobre los alimentos
infantiles y prever normas específicas destinadas a los alimentos para personas
con necesidades médicas particulares en el Estado de Bélgica.
Consulta
1) La
Comisión de Medio Ambiente presenta ante el Consejo las siguientes propuestas:
a.
El endurecimiento de la legislación sobre
alimentos destinados a lactantes y niños menores de tres años, con el objetivo
de mejorar su calidad y seguridad.
b.
Un informe que prevé normas específicas
destinadas a los alimentos para personas con necesidades médicas particulares,
como los celíacos o quienes siguen dietas basadas en un bajo consumo de
calorías.
2) El
Consejo transmite el texto de las propuestas anteriores al Parlamento.
3) El
Parlamento emite su dictamen consultivo (este dictamen consultivo no es
vinculante para el Consejo).
Coedición
1) La
Comisión de Medio Ambiente presenta al Consejo y al Parlamento las siguientes
propuestas para que éstas se legislen:
a.
El endurecimiento de la legislación sobre
alimentos destinados a lactantes y niños menores de tres años, con el objetivo
de mejorar su calidad y seguridad.
b.
Un informe que prevé normas específicas destinadas
a los alimentos para personas con necesidades médicas particulares, como los
celíacos o quienes siguen dietas basadas en un bajo consumo de calorías.
2) El
Consejo le transmite a la Comisión su decisión por mayoría cualificada, la cual
es la siguiente:
a.
El Consejo está de acuerdo con el endurecimiento
de la legislación sobre alimentos destinados a lactantes y niños y con el
informe propuesto por la Comisión.
b.
Además, el Consejo propone reformar la directiva
sobre los “Alimentos para Usos Nutricionales Particulares y solicita que los
ingredientes de la comida para niños sean sometidos a controles independientes.
c.
También pide que se proporcione información
precisa, clara y fácil de entender en el etiquetado de esos productos para
evitar cualquier riesgo de confusión en el consumidor, así como mejoras en el
procedimiento que acompaña su puesta en marcha en el mercado.
3) El
Parlamento en un plazo inferior a 3 meses aprueba las propuestas de la Comisión,
así como las propuestas adicionales del Consejo.
Cooperación
1) El
Consejo discute cualificadamente las propuestas presentadas por la Comisión a
fin de analizar el monto de los recursos requeridos por Bélgica para llevar a
cabo el cumplimiento de los objetivos planteados en las propuestas.
2) El
monto de recursos solicitado es aceptado por el Consejo ya que en la discusión
cualificada se comentó, entre otros puntos, que de acuerdo a diversos estudios
realizados en el sistema de salubridad de Bélgica en los últimos años se han presentado
casos graves de salud como consecuencia de diversas irregularidades que se han observado
en los etiquetados de los alimentos.
3) El
Consejo, por mayoría cualificada, acepta el monto de recursos solicitado y lo
presenta ante el Parlamento para su discusión y aprobación.
4) El
Parlamento emite su dictamen en el cual acepta el monto de los recursos
solicitados y autoriza el financiamiento a Bélgica el cual estará regulado por
un contrato de financiamiento en el que se establecerá la forma y tiempo de
pago.
Dictamen
1) El
Parlamento emite su dictamen el cual es vinculante. La decisión establecida en
el dictamen fue aprobada por mayoría de dos tercios de los votos emitidos que
representa la mayoría de los miembros que lo componen.
2) El
dictamen señala lo siguiente:
a.
Se aprueba llevar a cabo el endurecimiento de la
legislación sobre alimentos destinados a lactantes y niños menores de tres
años, con el objetivo de mejorar su calidad y seguridad.
b.
Se aprueba el informe que prevé normas
específicas destinadas a los alimentos para personas con necesidades médicas
particulares, como los celíacos o quienes siguen dietas basadas en un bajo
consumo de calorías.
c.
Se aprueba reformar la directiva sobre los
“Alimentos para Usos Nutricionales Particulares” y solicita que los
ingredientes de la comida para niños sean sometidos a controles independientes.
d.
Se aprueba la obligación de proporcionar
información precisa, clara y fácil de entender en el etiquetado de esos
productos para evitar cualquier riesgo de confusión para el consumidor, así
como mejoras en el procedimiento que acompaña su puesta en marcha en el
mercado.