DERECHO PROCESAL MEXICANO
Evolución del Derecho Penal en México
En
la primera parte de esta lectura se describe de manera general la forma en que
ha evolucionado la legislación penal en México. Me llamó la atención saber que nuestra
legislación penal, hasta antes de 1872, se basara en un sinnúmero de cuerpos y
leyes dispersas que contenían medidas que databan de la época colonial e
incluso que se basara en leyes españolas. Es evidente que en México no se
podían aplicar leyes de otros tiempos y de otras civilizaciones debido a que nuestra
civilización fue una mezcla de razas y costumbres que aunque nos fueron
impuestas algunas costumbres de los españoles éstas nunca prevalecieron en su
totalidad. Afortunadamente, con el paso del tiempo y con ayuda de diferentes
estudiosos de las leyes se creó en 1872 el primer código penal mexicano el cual
era más adecuado a nuestras costumbres y cultura aunque, en mi opinión, todavía
contenía muchas deficiencias.
De
acuerdo a lo que se describe en la introducción de este documento, en el antiguo
régimen el delito era considerado como un atentado al rey y a Dios, es decir,
como una falta celestial; los actos contra la fe eran considerados como
delitos; los juicios eran secretos y se empleaba el tormento para obtener la
confesión; la sanción pretendía servir como ejemplo al resto de la comunidad, razón
por la cual se hacían ejecuciones públicas. Al respecto, me parece que estas
medidas eran similares a las que utilizaban las tribus que existían en México
antes de su colonización ya que también se hacían sacrificios cuando los Dioses
eran ofendidos por algunos miembros de las tribus. Al parecer estas medidas
llegaron a funcionar en el pasado tanto antes como después de la colonización ya
que provocaban miedo y el miedo era un arma muy poderosa para dominar a una
sociedad en la que el poder recaía en los que tenía riquezas y propiedades como
lo eran los reyes. Creo que el principal objetivo de las leyes penales en la
antigüedad era dominar al más débil e incluso hacerlo aún más débil quitándole
sus propiedades y pisoteando su dignidad como seres humanos.
Considero
que la lucha por hacer valer la igualdad y que la sociedad se rigiera
efectivamente con base en la voluntad del pueblo y no de un monarca fue lo que
hizo que las normas evolucionaran y cambiaran en favor del respeto a la vida, de
esta manera cambió también la concepción del delito y del castigo. La
transgresión dejó de ser vista como un atentado al monarca o a Dios para ser
considerada como una falta a un contrato social pactado entre todos los
miembros de un pueblo. Se presentó un cambió en la visión de la justicia la
cual cambio de ser una justicia divina para convertirse en una justicia
terrenal.
Después
de la Independencia de México, se buscó la modernización de los códigos y leyes
penales en los que se hicieron valer las garantías individuales y la
humanización de las penas las cuales eran infrahumanas ya que antes los
castigos incluían el tormento y la muerte.
En
el apartado denominado “El delito y el delincuente” de este mismo documento se
analizan los actos que eran tipificados como delitos por el Código Penal. El
delito es considerado como una violación al Derecho, es decir, constituía una
violación a la justicia moral y a la conservación de la sociedad. Aunque los
atentados contra la propiedad, los atentados contra las personas y los
atentados contra la reputación se pueden considerar como delitos contra el
individuo, también se consideraban como transgresiones al orden social pues
violaban el contrato social que es un supuesto pacto originario en el que los
hombres se comprometieron a no atentar contra los derechos de sus asociados con
tal de ver garantizados los propios, y al delinquir rompían con el acuerdo. Por
esta razón todo delito era visto como un atentado contra la sociedad en su
conjunto y le tocaba a las autoridades perseguir al transgresor,
independientemente de los deseos del ofendido.
No
obstante la evolución de la legislación penal, considero que aún tenía e
incluso tiene deficiencias importantes, por ejemplo el hecho de que las faltas
a la moral sólo fueran consideradas delitos cuando éstas se ejecutaban con
violencia y en el ámbito público; lo anterior era debido a que sólo en estos
casos atentaban contra la sociedad; sin embargo, se ignoraban los derechos
individuales que antes no eran considerados por la ley.
En
mi opinión considero que aún en la actualidad las leyes penales tienen muchas
carencias además de la corrupción. Los seres humanos somos diferentes unos a
otros ya que nuestra manera de actuar y razonar depende de nuestra historia,
por lo que considero que algunas normas pueden ser injustas para unos y justas
para otras, cada caso debe ser juzgado en función a su historia, su psique, sus
condiciones físicas, económicas y culturales y no basarse en leyes escritas que
por lo general siguen un mismo patrón.
En
el apartado denominado “La prelación de los delitos y el código de valores” se
analizan básicamente algunas de las sanciones que existen para diferentes
delitos, me llamó la atención la injusticia en el caso, por ejemplo, de las
mujeres cuando había infidelidad, ya que en un mismo delito (infidelidad) el
castigo era diferente para los hombres infieles que para las mujeres infieles, para
las mujeres infieles los castigos son más severos debido a las creencias y
tradiciones de la sociedad. Lo mismo se observa en los casos de duelos, matar
era castigado con menor severidad si existía de por medio un duelo pactado.
En
mi opinión considero que hay muchos delitos o agresiones que en la actualidad
se siguen basando en las costumbres más que en la justicia, el respeto a la
vida y en los derechos humanos por lo que considero que aún hay un camino largo
por recorrer en la modificación y adecuación de las legislaciones penales en
nuestro país.
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